Enlace de trabajo entré AMUVIE y CFE SSB

01 de noviembre del 2019

Elaborado por: Consejo directivo AMUVIE

El pasado 14 de agosto de 2019 se llevó a cabo una reunión con el Director General de CFE SSB, José Martin Mendoza Hernández, en la cual presentamos al Comité de representación de AMUVIE, en esta reunión se planteó el plan de trabajo conjunto con el objetivo de mejorar los procesos en la que CFE SSB y las actividades de verificación presentan áreas de oportunidad.

Derivado de la reunión con el Director General, AMUVIE tuvo una segunda reunión de trabajo el pasado 17 de octubre del 2019 con el Jorge Alberto Castillo Baeza Responsable de Grandes Clientes de CFE SSB y personal de la Dirección de Servicio y Atención al Cliente, revisando de manera detallada la forma de atender la agenda de trabajo, tratando los siguientes temas.

  1. Razón de ser de las UVIES
  2. Marco legal y normativo.
  3. SEDIVER.
  4. Cumplimiento de la normatividad vigente para los servicios que deben de ser verificados por tratarse de lugares de concentración pública.
  5. Cumplimiento de la normatividad vigente para los servicios conectados en media y alta tensión
  6. Áreas de oportunidad detectadas por la AMUVIE
  7. Donaciones de certificados para escuelas y hospitales (División Valle de México Centro y Norte)

En consecuencia, a esta reunión se determinaron 6 compromisos los cuales algunos de ellos se plasman a continuación:

COMPROMISO: CFE SSB enviara a la Dirección de AMUVIE los criterios de validación de certificados de verificación de instalaciones eléctricas, que previamente habían sido validados con la Dirección de Normalización y Supervisión de Instalaciones Eléctricas SENER, con la finalidad de enriquecer dichos criterios.

COMPROMISO: La Dirección de AMUVIE realizara la validación de los servicios requeridos para regularizar y enviara el check list de los requisitos mínimos de seguridad al amparo de la NOM-001 que deberán de revisar por parte de CFE Distribución o de quien designe CFE SSB, a efecto de agilizar la verificación de la instalación eléctrica y poder emitir un certificado de cumplimiento.

COMPROMISO: Ante la problemática presentada sobre la emisión de certificados de cumplimiento de verificaciones de instalaciones eléctricas, la Dirección de AMUVIE gestionara con la Dirección de Supervisión de Unidades de Verificación SENER las medidas de contingencia a implementar para evitar no realizar las contrataciones de nuevos servicios y/o regularizaciones. La notificación hacia CFE SSB por parte de SENER debe de ser de forma oficial.

Por parte de AMUVIE refrendamos el apoyo al personal de CFE SSB para coordinar esfuerzos, así como difundir las estrategias, criterios y lineamientos emitidos por CFE SSB en el ámbito de nuestra actividad, logrando atender las necesidades de sus socios.

Seguimos trabajando en la atención con el propósito de ser el enlace entre SENER y SSB CFE en mejoramiento de las áreas de oportunidad para las UVIE’s

Por parte de CFE estuvieron presentes:

Jorge Alberto Castillo Balleza, Mónica Aguilar Barradas, Moisés López Ramírez, Iris Dalila Montoya Vallejo

Por parte de AMUVIE estuvieron presentes:

Héctor Alejandro Ortega Rosales, Jorge Santoyo Jiménez, Santiago Neftalí Sánchez Alcalá, Mariano Jiménez Hurtado, Eugenio Alberto Ramírez Ríos

-. “Unidos para mejorar la industria eléctrica”

Para dar cumplimiento a uno de los compromisos expuestos, CFE SSB ha enviado a AMUVIE los criterios de validación de dictámenes de verificación (Aclaraciones) atendidas por la Secretaria de Energía

(Se transcriben a la letra)

  1. ¿Cuál es la vigencia de UVIES no determinadas como áreas peligrosas?

R= No tienen caducidad.

  1. ¿Dónde se puede validar las UVIEs emitidas antes de SEDIVER?

R= Directamente con SENER, solo en casos especiales.

  1. En los cambios de razón social y giro, sin incremento de demanda, ¿es válida la UVIE al nombre anterior?

R= Es valida únicamente siempre y cuando sea el mismo responsable de la instalación eléctrica, llámese socios o dueños. Caso contrario, se debe de entregar nuevo certificado UVIE.

  1. En los incrementos de demanda de servicios anteriores a 2013, ¿Es válido únicamente solicitar UVIE por el incremento?

R= Si. En alcance al transitorio segundo de la NOM-001-2012.

  1. Para servicios anteriormente contratados antes de la entrada en vigor de la NOM 001 con incrementos de demandas ¿Solo se solicitan las UVIEs por el incremento? ¿SENER implementara acciones para su regularización?

R=Ídem a la pregunta 4.

  1. Casos específicos en los cuales se utiliza el alcance de verificación “0”, ***, xxx, —

R= Únicamente para servicios existentes cuando el alcance de la verificación es en la subestación del servicio; por ejemplo: cambios de tensión de suministro de BT a MT. Únicamente es válido el valor “0” en Alcance. Cualquier otro valor no es válido. Tampoco aplica para servicios nuevos.

  1. ¿Cuáles son los datos correctos que se deben de anotar en el campo observaciones?

R=Es indistinto. Este campo no tiene validez en el certificado, únicamente en el alcance.

  1. ¿De quién es responsabilidad el exigir la UVIE en servicios que no son contratados por CFE SSB? Casos Suministradores Calificados. ¿Existe normatividad al respecto?

R= CENACE es el responsable de acuerdo a la LIE Artículo 33 inciso IV.

  1. ¿Cuál es la razón por la que son solicitadas UVIEs en servicios provisionales? El alcance no es el mismo al inicio de la construcción ni al final. En su caso, ¿a partir de que demanda es exigible? ¿Qué se verifica y cuál es el alcance? CFE SSB no puede contratar más del alcance referido en la UVIE

R= Solo procede la entrega de certificado UVIE en servicio de baja tensión con cargas mayores a 20 kW y en media tensión para cualquier carga.

  1. ¿Todos los servicios en media tensión deben de contar con certificado UVIE? ¿Existen excepciones?

R= Obligatoriamente. No existen excepciones. Articulo Segundo Numeral 4 del DOF del 11 de enero de 2017.

  1. Para servicios domésticos suministrados en baja tensión a través de una subestación particular compartida, ¿es necesario la solicitud de UVIE?

R= Si, para cada centros de carga, ya que son contratados en media tensión.

Para cualquier aclaración con respecto a estos criterios sus Clientes pueden solicitar la aclaración directamente al Lic. Jorge Alberto Castillo Baeza

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